Corte Suprema le devuelve finca al papá de Mancuso
Una finca de 13 hectáreas que estaba a nombre del ex jefe
paramilitar Salvatore Mancuso será para su padre y no para las víctimas.
Así lo decidió la Corte Suprema.

El ‘ping-pong’ judicial que se desarrolló sobre
quién tenía derecho sobre la finca El Cortijo, en Córdoba, terminó. El
14 de diciembre de 2011 la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia
decidió que este terreno de 13 hectáreas es de Salvatore Mancuso
D’angiolella, el padre del ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso, y que por tanto la Unidad de Justicia y Paz no pude disponer de este bien para reparar a las víctimas del conflicto armado. (Lea el fallo aquí)
La
decisión se produjo después de que la Subunidad de Bienes de Justicia y
Paz y Acción Social apelaron la decisión emitida por la Magistrada de
Justicia y Paz de Bucaramanga, que el 22 de agosto de 2011 levantó la
medida cautelar que había contra El Cortijo. Es decir, que la magistrada
le dio la razón al padre del ex jefe paramilitar y ahora el Alto
Tribunal confirmó esa decisión.
En el fallo, la Corte argumentó
varios puntos, entre ellos, que después de su postulación a la Ley de
Justicia y Paz Salvatore Mancuso, ex jefe del Bloque Catatumbo
y vocero de las Auc, confesó en versión libre por lo menos 25 predios
que estaban a su nombre para reparar a las víctimas. Sin embargo, el 17
de mayo de 2007 le aclaró a la Fiscalía que con El Cortijo había una
excepción.
Para entonces Mancuso explicó que el predio existía,
que en los títulos aparecía su nombre pero que en realidad éste ere de
su padre y por eso no lo podía ofrecer para reparara a las 70 mil
víctimas que dejaron los paramilitares en el oriente del país.
Entre
sus argumentos, la Corte favoreció la confesión de Mancuso, explicando
que el ex jefe paramilitar había hecho tal aclaración en su versión
libre, y después de estudiar el trámite judicial por el que pasó este
predio, concluyó que el padre del ex jefe paramilitar fue comprador de
buena fe y empezó a trabajar la tierra mucho antes que su hijo empezar a
delinquir con las Auc.
En relación con las medidas cautelares,
que son medidas para proteger y evitar la comercialización de un bien
que es reclamado por las víctimas, el Alto Tribunal señaló que estas son
temporales y además de la declaración de un ex funcionario del antiguo
Instituto Colombiano de Reforma Agraria, Incora hoy Incoder, que dijo
ser testigo de la posesión por parte del padre de Mancuso, la Corte
indicó que el 16 de febrero de 2010 el Juzgado Segundo Civil de Montería
concluyó que El Cortijo era de Mancuso D’angiolella por prescripción
administrativa del dominio.
Este término jurídico significa que
Mancuso D’angiolella llevaba viviendo más de 20 años en el predio y por
tanto esa finca es de su propiedad.
“Siendo ello así resulta
acertada la decisión adoptada por la Magistrada de Control de Garantías
de Bucaramanga por cuanto dentro del trámite incidente el señor
Salvatore Mancuso D’angiolella logró demostrar que ostenta un mejor
derecho que el del postulado Salvatore Mancuso Gómez sobre el inmueble
El Cortijo, razón por la cual procede el levantamiento de la medida
cautelar”, concluyó la Corte Suprema en la sentencia.
Por
tratarse de una decisión del Alto Tribunal, la Fiscalía, Acción Social
ni las víctimas podrán interponer algún recurso. El Cortijo ya no tiene
medida cautelar o de protección y por tanto, el padre de Mancuso podrá
disponer de él.
La historia
La disputa por El Cortijo
data desde hace cinco años, pero volvió a los estrados judiciales en
agosto de 2011. Después de pasar por varias instancias y cuando la
Fiscalía esperaba un fallo a favor, una magistrada de Justicia y Paz en
Bucaramanga los sorprendió con la decisión. Después de escuchar a las
partes, le dio la razón al papá de Mancuso y anuló la medida de
protección que había sobre El Cortijo. La Fiscalía apeló y el caso había
quedado de nuevo en suspenso mientras la Corte tomaba una decisión.
VerdadAbierta.com
cuenta paso a paso cómo una finca que era para Reforma Agraria, con
destino a campesinos sin tierra, terminó a nombre del ex jefe
paramilitar del Bloque Catatumbo. También cuáles fueron las
reclamaciones sobre el predio y cuáles fueron los argumentos de las
partes durante los trámites judiciales.
La permuta
El
22 de abril de 1983 el Instituto Colombiano de Reforma Agraria, Incora,
le adjudicó El Cortijo 1 Parcela 2 a un campesino que no tenía tierra. A
cambio de recibir el título, el campesino se comprometía a explotar la
tierra durante 15 años y a pagarle al Estado durante este mismo tiempo
un crédito como precio simbólico por esa tierra que le adjudicaron.
La
parcela tiene 13,75 hectáreas y está ubicada en la vereda Los Pericos,
en zona rural de Montería en la vía que comunica a la capital de
Córdoba con el municipio de Planeta Rica. Según lo documentó la
Fiscalía, el campesino no pudo pagar el crédito y en lugar de llegar a
un acuerdo con el Estado accedió a una permuta que le ofreció Salvatore
Mancuso D’Angiolela. “El señor se enamoró de El Cortijo y le propuso al
campesino que le diera esa finca a cambio de un terreno y unas bestias
en otra zona”, dijo un investigador que estudió el caso.
Sin
embargo, como lo establece la Reforma Agraria, el campesino no podía
hacer un trueque de la finca y por eso el 31 de enero de 1986, pese a
que Mancuso padre ya vivía en el predio, el Incora emitió una resolución
de caducidad administrativa. Es decir, anuló la adjudicación de 1983 y
el predio pasó a ser bien fiscal o de la Nación.
“Pero el señor
Mancuso D’Angiolela seguía insistiendo en el predio y le pidió al Incora
que se lo adjudicara. Sin embargo, uno de los requisitos para ser
beneficiario de Reforma Agraria es tener nacionalidad colombiana, y el
señor es italiano. Todo indica que el señor buscó a un hijo que sí tenía
la nacionalidad y que era técnico agrario”, contó el investigador.
Así
el 11 de junio de 1991 el Incora le adjudicó El Cortijo a Salvatore
Mancuso Gómez, quien para entonces tenía 27 años y había estudiado
administración agropecuaria. Mancuso ingresó a la ilegalidad a finales
de la década de 1990 cuando se volvió cómplice de los hermanos Carlos y
Vicente Castaño que, como su familia, tenían tierras ganaderas en
Córdoba. La Casa Castaño lo encargó del ala militar de las Auc y de
combatir el Eln en el Catatumbo, el Nudo de Paramillo y el Sur de
Bolívar.
A finales de 1997 un fiscal de la Unidad de Derechos
Humanos de Cúcuta emitió una orden de captura contra Mancuso, por los
crímenes ocurridos en la región. El 31 de diciembre de 1997 Mancuso
comenzó el trámite para transferirle El Cortijo a su padre y lo hizo
ante la Notaría 1 de Montería. Sin embargo, el ex jefe paramilitar ni la
familia nunca registraron esa escritura en la Oficina de Instrumentos
Públicos, como lo estipula la Ley para que la propiedad quedara en
firme. Desde 1991, entonces, el predio sigue siendo de Mancuso hijo.
Mancuso en Justicia y Paz
El
10 de diciembre de 2004 Salvatore Mancuso participó en la
desmovilización del grupo paramilitar que delinquió desde 1999 en el
Catatumbo, una rica región con relieve montañoso y selvático al
nororiente del país, donde los paramilitares asesinaron a 5.700
personas y desplazaron a otras 40.000, según el estudio ‘Tantas vidas
arrebatadas’ de la Fundación Progresar.
Antes de ser extraditado a
Estados Unidos por cargos de narcotráfico, el 17 de mayo de 2007
Salvatore Mancuso confesó ante un fiscal de Justicia y Paz los bienes,
adquiridos legal e ilegalmente, que estaban bajo su nombre. Ese día
ofreció para reparar a las víctimas por lo menos 20 propiedades, entre
ellas una isla, pero hizo claridad en que no ofrecía El Cortijo. “Está
con mi nombre pero no es mío”, dijo en la audiencia.
Ese día
Mancuso anunció que sobre El Cortijo cursaba un proceso de pertenencia,
es decir, que alguien lo estaba reclamando. Ese alguien era su padre,
quien el 26 de enero de 2007 lo había demandado. El tipo de demanda que
presentó el padre de Mancuso argumentaba ‘prescripción adquisitiva de
dominio’, es decir, que debían declararlo dueño del predio porque
llevaba viviendo allí los 20 años que estipula la Ley.
El 8 de
marzo de 2007 Mancuso hijo fue notificado de la demanda y el 12 de junio
del mismo año, en una respuesta favorable hacia su padre, dijo que pese
a que su nombre aparecía en los papeles de la finca, en Montería sabían
que su papá era el propietario. Para que la justicia corroborara eso,
el ex jefe paramilitar solicitó que se practicaran varias pruebas para
que la justicia tuviera certeza sobre lo que solicitaba la demanda. La
justicia no practicó las pruebas señalando que esta petición debía ser
personal y Mancuso estaba preso.
En junio de 2007, una vez el ex
jefe paramilitar mencionó el listado de propiedades a su nombre, un
magistrado de Justicia y Paz decretó una medida cautelar de embargo
sobre estos bienes, entre ellos, El Cortijo. En otras palabras, los
bienes de Mancuso fueron protegidos y embargados para entregarlos al
Fondo de Reparación de Víctimas.
‘Ping-pong judicial’
Pese
a la medida cautelar y el embargo, el papá de Mancuso siguió
insistiendo. Con base en la demanda que había presentado en junio de
2007, en la que argumentaba posesión por 20 años, solicitó al Juzgado
Segundo Civil del Circuito de Montería que lo declarara propietario. El
16 de febrero de 2010 un juez de ese circuito le dio la razón y profirió
sentencia a su favor sin tener en cuenta que el predio estaba
protegido.
Con la sentencia a favor Mancuso padre aún no podía
registrar El Cortijo como suyo. Para registrarlo en la Oficina de
Instrumentos Públicos, necesitaba que a la finca le levantaran la medida
de protección y el embargo. Así el caso volvió a los tribunales en
Barranquilla, donde se llevan los juicios de los paramilitares que
delinquieron en la Costa Atlántica y el nororiente del país, y en abril
de 2010 un magistrado negó que se levantara la medida cautelar.
Mancuso
padre apeló esta decisión y el caso pasó a la Corte Suprema. En octubre
de 2010 el Alto Tribunal consideró que el magistrado no estudió la
pretensión del padre de Mancuso y se limitó a “fallar conforme a la Ley”
pero desconociendo lo que la Ley establece respecto a la participación
de terceros en el proceso de Justicia y Paz, en este caso, el padre de
Mancuso (Lea la nota: Papá de Mancuso reclama finca que su hijo entregó a
víctimas).
La Corte devolvió el proceso nuevamente al
magistrado, señalando que debía escuchar los argumentos y recibir las
pruebas. Tras la descentralización de la Unidad de Justicia y Paz y el
nombramiento de magistrados especializados en otras ciudades del país,
el caso fue presentado en los Tribunales de Santander donde ahora se
lleva el juicio contra Mancuso.
En agosto de 2011 la magistrada
de Justicia y Paz en esa ciudad escuchó a las partes y en su decisión
levantó la medida de protección que había sobre la finca. La Subunidad
de Bienes de la Fiscalía apeló la decisión y de nuevo, el caso fue
llevado a la Corte Suprema. Eso significa que El Cortijo seguirá en
manos del Fondo de Reparación de las Víctimas y no podrá ser negociado.
Los argumentos
En
los alegatos presentados ante las diferentes instancias judiciales,
Mancuso padre argumenta que tiene posesión desde 1986 cuando negoció la
tierra con el campesino beneficiario de El Cortijo. Que no pudo tener el
título porque el Incora le dijo que era extranjero y que por eso acudió
a su hijo que tenía estudios en agronomía y administraba la finca de su
esposa.
Mancuso padre hace cuentas y asegura que en su caso si
funciona la prescripción adquisitiva de dominio, es decir, que se le
debe declarar dueño porque la Ley otorga dominio cuando alguien acredita
20 años de posesión. En sus cálculos, teniendo en cuenta que presentó
la demanda en 2007, hay precisamente 20 años contando desde 1986 cuando
negoció con el campesino.
En la versión libre, Salvatore Mancuso
explicó que incluyó a El Cortijo en el listado de sus bienes porque no
quería ocultar nada pero insistió, como lo hizo en respuesta a la
demanda, que su padre era el dueño real de la finca.
Pero otros
son los argumentos de la Subunidad de Bienes de Justicia y Paz. Para la
Fiscalía, el “Incora actuó de forma irregular” cuando autorizó que
Mancuso Gómez transfiriera el dominio de la finca El Cortijo a su padre
sin haberla explotado durante 15 años, como lo estipula la Ley.
Además
considera que Mancuso padre no tiene derecho a la propiedad por
“prescripción adquisitiva de dominio” porque ésta solo se acredita
cuando la posesión es ininterrumpida durante 20 años. Y según constan
los documentos del Incora, Mancuso padre no fue poseedor legal entre
1986 y 1991, porque durante ese período el Incora emitió una resolución
de caducidad y el bien pasó a ser de propiedad de la Nación. Solo hasta
1991, con la nueva adjudicación, el predio tuvo un nuevo propietario que
es Mancuso hijo.
Según las cuentas de la Fiscalía, si Mancuso
padre interpuso una demanda en 2007 y argumenta posesión desde 1986 no
lo puede hacer. Porque en realidad solo puede acreditar 16 años (entre
1991, fecha de la adjudicación a su hijo, y 2007 fecha de la demanda).
A
partir de esto, la Fiscalía solicitó una compulsa de copias para
investigar al Juez Segundo del Circuito de Montería, por considerar que
actuó de forma irregular al proferir sentencia a favor de Mancuso padre
sin que éste cumpliera los requisitos de Ley. Es decir, los 20 años de
posesión.
Después de cinco años en los estrados judiciales, la Corte
decidió confirmar la decisión de la Magistrada de Justicia y Paz en
Bucaramanga, es decir, le dio la razón al padre de Mancuso.
Última actualización el Viernes, 16 de Diciembre de 2011 15:30
TOMADO DE: http://verdadabierta.com/component/content/article/158-captura-de-rentas-publicas/3863-mapiripan-meta-autodefensas-despojo-de-tierras-paramilitares-masacre/index.php?option=com_content&id=3758
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