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La Justicia absolvió a un imputado
por dos robos por falta de certeza. El fiscal había pedido la absolución
por insuficiencia de las pruebas y el Tribunal destacó que no existía
"ninguna prueba independiente susceptible" de dar por válidas los dichos
del único testigo.
La Cámara en lo Penal de Jujuy, con
el voto de los magistrados Luis Ernesto Kamada y Antonio Llermanos,
absolvió a un hombre, imputado por dos hechos de robo, en virtud del
pedido realizado por la Fiscalía y ante la falta de certeza sobre la
autoría del acusado. Las pruebas reunidas en relación a la comisión de
ambos delitos fueron consideradas como insuficientes.
En particular, la Sala II del Tribunal
de Alzada destacó que, en torno a uno de los hechos objeto de la
acusación, sólo se había aportado como prueba la declaración del
damnificado y que no existía ninguna "prueba independiente susceptible
de provocar la convicción necesaria en orden a robustecer las
afirmaciones vertidas por el único testigo".
Entre tanto, con relación al otro hecho
de robo por el que se imputó al acusado, los jueces señalaron que, si
bien se encontró documentación de las víctimas en la casa del supuesto
autor, esto era "insuficiente para autorizar que se le endilgue la
autoría de los injustos por los que viene acusado".
En el caso, un hombre fue investigado,
acusado y llevado a juicio oral por dos delitos: robo calificado por el
uso de arma y robo calificado por el número de intervinientes. Llegado
el momento de los alegatos, la Fiscalía –finalmente- decidió solicitar
la absolución del imputado por falta de certeza ante el Tribunal de
Alzada.
La solicitud de absolución del Fiscal se
fundó en la falta de pruebas que generaran la convicción de que el
imputado había sido el autor de los delitos. Respecto de uno de los
robos, sólo se reunieron escasas declaraciones testimoniales y el
secuestro de los documentos de identidad de las víctimas en casa del
acusado. Por su parte, en relación al otro hecho, la única prueba
colectada fue la declaración del damnificado.
Primero, la Cámara Penal manifestó que
el efecto procesal de la petición del Fiscal era vinculante y que por
ende "no le es posible a este Tribunal emitir un fallo condenatorio en
esta causa". No obstante, los magistrados decidieron analizar los
fundamentos que brindó el funcionario del Ministerio Público al
solicitar la absolución del imputado, para determinar si el pedido
estaba adecuadamente motivado.
Luego, los magistrados jujeños
analizaron detalladamente las pruebas colectadas en ambas causas,
principalmente, las testimoniales aportadas y la declaración del propio
imputado, quien negó su participación en sendos hechos.
Acto seguido, respecto de uno de los
robos, el Tribunal de Alzada manifestó que no estaba clara "la exacta
ubicación de los documentos de identidad de las víctimas, hallados como
resultado del allanamiento, habiéndose limitado la autoridad policial a
consignar que se encontraban en el interior de la habitación del
imputado".
Dicho eso, la Cámara provincial aclaró
que, si bien no estaba en duda que los documentos fueron sustraídos a
las víctimas y que "fueron hallados en el domicilio del demandado, en
ocasión del allanamiento practicado", "la sumatoria de tales elementos
resulta insuficiente para autorizar que se le endilgue la autoría de los
injustos por los que viene acusado".
No se puede considerar que el imputado
sea el autor del robo del que se lo acusa por el hecho de que los
documentos fueran hallados en su domicilio, pues las pruebas son
insuficientes y "no se han producido otras probanzas destinadas a
demostrar dicho extremo", agregaron después los jueces provinciales.
Entre tanto, con relación al segundo
hecho que se le imputó al acusado, el Tribunal de Alzada destacó que "la
única probanza producida fue la declaración del damnificado, sin que
medien otros elementos acreditantes que la robustezcan".
No se trata de "una minusvaloración de
los dichos del único testigo y, a la vez, damnificado en la causa, pues
sus afirmaciones guardan verosimilitud", lo que ocurre es que en este
caso era necesario adjuntar alguna "prueba independiente susceptible de
provocar la convicción necesaria en orden a robustecer las afirmaciones
vertidas por el único testigo", precisó la Cámara.
Por lo tanto, el Tribunal Penal de San
Salvador de Jujuy decidió absolver al imputado por ambos hechos
delictivos, en consonancia con la petición del Fiscal, debido a la falta
de certeza sobre su autoría y la insuficiencia de las pruebas.
Dju
Tomado de: http://diariojudicial.com/contenidos/2012/04/11/noticia_0006.html
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