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miércoles, 22 de agosto de 2012

Declaran que es inconstitucional condenar a perpetua a menores


El máximo tribunal penal nacional analizó las condenas que recibieron en 1999 tres menores acusados de delitos gravísimos. Así, se adecua el Derecho argentino a los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos.

La Cámara Federal de Casación Penal determinó que la condena a prisión o reclusión perpetua para imputados que cometieron delitos cuando eran menores es inconstitucional. El fallo, firmado por los integrantes de la Sala II, Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Ana María Figueroa, adecua el Derecho argentino a los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos. Y lo hace en consonancia con una decisión de la Comisión Interamericana de DD HH que consideró que el Estado había violado la Convención sobre los Derechos del Niño.
El fallo, de 137 páginas, tiene aristas controvertidas, porque trata los casos de tres menores condenados por delitos gravísimos en 1999. Hoy son mayores y están en prisión, pero a partir de la sentencia de la Casación, el tribunal que los condenó hace más de una década deberá mensurar nuevamente la pena, que –queda claro– tendrá que ser inferior a la de perpetua. Y además deberán analizarse nuevas circunstancias como denuncias sobre torturas por parte de los reclusos.
César Alberto Mendoza fue condenado por el Tribunal Oral de Menores Nº 1 de Capital el 28 de octubre de 1999 por dos homicidios calificados, tres asaltos a mano armada, una tentativa de robo y lesiones varias. Claudio David Núñez escuchó la sentencia del mismo tribunal el 12 de abril de 1999 como responsable de cinco homicidios, ocho asaltos –dos en grado de tentativa– tenencia ilegal de armas de guerra y asociación ilícita.
La condena contra Lucas Matías Mendoza –sin parentesco con César Alberto–, lo halló coautor de dos homicidios calificados, ocho robos agravados y otros delitos menores. 
Las tres condenas estaban firmes: habían sido revisadas por la propia Cámara y también por la Corte Suprema. Es decir que tenían fuerza de "cosa juzgada". Sólo en circunstancias muy excepcionales un fallo de tal naturaleza puede ser revisado. El ejemplo clásico es un imputado condenado por homicidio y, después de que la sentencia quedó firme, la presunta víctima aparece con vida. 
Aquí ocurrió que los tres casos llegaron hasta la instancia de la justicia supranacional de la Corte Interamericana de DD HH. Ese tribunal todavía no se pronunció, pero existe la posibilidad cierta de que el Estado argentino sea sancionado. 
Los camaristas subrayaron que el informe 172/10 de la CIDH establece "un estándar de reconocimiento de derechos fundamentales mayor al que rige en el orden interno", lo cual implica una severa contradicción: el Estado adhiere en su Constitución a tratados internacionales que se contraponen con la legislación interna. 
Los camaristas realizaron lo que en la jerga judicial se denomina una "interpretación pretoriana", y declararon la inconstitucionalidad de las condenas. Ello no significa que los condenados saldrán mañana en libertad; no se anuló la responsabilidad sino el "quantum" de la condena. Sin embargo, fuentes judiciales reconocieron que un abogado podría presentarse ante el juez de ejecución penal que tenga bajo su supervisión a los tres condenados y pedir sus excarcelaciones hasta tanto se cuantifique la nueva pena.
El fallo subraya la ausencia de un régimen penal juvenil acorde a los tiempos que corren: "Se impone la necesidad de una reforma integral del sistema que permita el adecuado cumplimiento de los derechos de orden superior que han sido lesionados para evitar que se produzcan situaciones análogas en el futuro." «


otros casos en Mendoza
Además de los tres casos que alcanzó el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, hay otros tres jóvenes que fueron condenados a perpetua siendo menores de edad. Se trata de Diego Arce, Cristian Roldán Cajal y Ricardo David Videla Fernández, cuyas sentencias fueron dictadas por la justicia mendocina y por eso no fueron incluidas en este fallo. Los dos primeros continúan detenidos mientras que Videla Fernández apareció colgado en la Penitenciaría de Mendoza el 21 de junio de 2005, cuando tenía 20 años.
Arce fue condenado a los 17 años y lleva más de diez años preso. En tanto, Roldán Cajal fue sentenciado en 2000. Las condenas fueron avaladas por la Cámara Penal de Menores de Mendoza.


miércoles, 21 de septiembre de 2011

La impunidad, el desespero y el populismo punitivo

Por: Rodrigo Uprimny Yepes

La violencia y la criminalidad, con altas dosis de impunidad, llevan al desespero y son terreno fértil para propuestas de endurecimiento punitivo.

Por ejemplo, en 1990, en alguna mesa de trabajo para presentar ideas a la Asamblea Constituyente, alguien, tal vez desesperado por la violencia y la impunidad, propuso que se estableciera “la pena capital, con métodos que causen dolor y sufrimiento, para aquellas personas que cometan delitos considerados horrendos”.

Algo semejante sucede con la iniciativa de hacer un referendo para imponer la cadena perpetua para el homicidio, la violación, el secuestro o el maltrato severo cometidos contra menores de 14 años. La violencia que existe contra los niños y niñas en Colombia es grave y la impunidad es intolerable. Es natural que la ciudadanía se desespere, se indigne y reclame soluciones; la respuesta más inmediata y fácil suele ser establecer penas cada vez más duras.

Resulta, entonces, políticamente popular promover esas iniciativas de endurecimiento punitivo. Y en eso consiste lo que la sociología jurídica ha llamado el “populismo punitivo”: creer (y hacer creer) que el incremento de las penas es la forma apropiada de enfrentar problemas sociales complejos, como la violencia contra los niños.

Quienes por distintas razones nos oponemos a esas iniciativas, solemos entonces ser atacados como ingenuos, insensibles frente a las víctimas o, peor aún, como cómplices de los violadores y asesinos. Un ejemplo es la última columna de Salud Hernández en El Tiempo, que cuestiona duramente pero con pocos argumentos mi intervención en Hora 20 la semana pasada, en donde critiqué la propuesta de cadena perpetua. No pienso personalizar el debate pues eso no es saludable para una discusión productiva y democrática. Simplemente reitero que quienes nos oponemos a esta iniciativa de cadena perpetua no somos menos sensibles frente al sufrimiento de los niños agredidos y violentados que quienes la promueven. Nuestra oposición es por la inconveniencia de la propuesta y se basa en razones procesales y sustantivas.

Creemos que i) la iniciativa es inconstitucional pues el texto debatido en el Congreso modifica sustancialmente aquel con el cual fueron recogidas las firmas. Igualmente nos preocupa que ii) para un asunto tan grave, como cambiar la Constitución para incorporar la cadena perpetua, las ponencias no ofrezcan argumentos serios de política criminal sobre la necesidad y utilidad de la medida.

A nivel sustantivo, creemos que la iniciativa iii) no logra una mejor prevención y sanción de la violencia contra los niños, pues el problema es más de impunidad que de magnitud de las penas. Es mejor entonces aumentar la prevención de estos crímenes e incrementar la eficacia de la investigación criminal, en vez de subir precipitadamente las penas, que ya son muy altas, pues pueden llegar a 60 años. Es más, la aprobación de la cadena perpetua daría una ilusión de protección, mientras los asesinos y violadores siguen sueltos, por falta de eficacia del sistema penal.

Finalmente, la iniciativa iv) introduce distorsiones muy graves a un sistema penal colombiano ya bastante incoherente. Por ejemplo, ¿cómo justificar la cadena perpetua para el maltrato severo a niños mientras que las penas son menores para las masacres?

Un documento público de la Comisión Asesora de Política Criminal, de la cual hago parte, y que está disponible en la web, (ver es.scribd.com/doc/61527060/2011-CADENA-PERPETUA-FINAL4), explica en detalle nuestras razones. Esta columna es entonces una invitación a un debate civilizado de nuestros argumentos que contribuya a encontrar, entre todos, buenas respuestas para enfrentar la terrible violencia contra los niños.

Conozca el original: http://dejusticia.org/index.php?modo=interna&tema=cultura_juridica_y_educacion&publicacion=1039