Rodrigo Uprimny
La llamada reforma judicial me despierta sentimientos muy
encontrados, pues un ajuste constitucional a la justicia es necesario,
ya que el sistema judicial colombiano, aunque tiene enormes virtudes,
presenta profundas deficiencias, algunas de las cuales tienen origen
constitucional. La reforma tiene además algunas cosas buenas, como la
apertura a la colegiatura de abogados o la supresión de la Sala
Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que ha sido un
desastre. Pero el trámite de esta reforma ha sido muy errático, lo cual
le resta mucha legitimidad. Además, los textos aprobados tienen graves
ausencias (como la falta de regulación de la tutela contra sentencias) y
tienen implicaciones muy riesgosas para el Estado de derecho en
Colombia.
En otras columnas o blogs he expresado mis críticas a la manera como se ha desarrollado el debate de esta reforma. También he cuestionado la falta de sustento empírico de la reforma y
la carencia en el gobierno de una visión clara de qué es lo que
pretende con la reforma. Igualmente he intentado mostrar elementos que
le restan legitimidad, o al menos estética, a esta reforma,
como la idea de ampliar el período de los magistrados que ya están en
ejercicio, o las tentativas de algunos congresistas de usar la reforma
para blindarse de las investigaciones judiciales.
No soy pues un fanático ni un admirador de esta reforma y realmente
preferiría que se volviera a tramitar con mayor seriedad. Pero dado que
todo indica que se va a aprobar la próxima semana, quisiera centrarme en
tres propuestas, que me parecen muy problemáticas, pero que pueden
corregirse, si el Congreso y el Gobierno tienen la voluntad política de
hacerlo, pues existen formulas técnicas buenas para enfrentar esos
problemas. Aún es tiempo de realizar esos ajustes.
Primer tema: ¿El fin de la parapolítica?
Tal vez lo más grave, la reforma, como fue aprobada en séptimo
debate, es que acaba con el importante papel que ha tenido la Sala
Penal de la Corte Suprema en la investigación de la parapolítica. Esto
es, la reforma podría liquidar estas investigaciones judiciales.
El tema es complicado pero podría resumirse así: hasta ahora, la Sala
Penal ha investigado y juzgado en única instancia a los congresistas y
ha hecho una labor importantísima en el esclarecimiento y sanción de la
parapolítica. Pero los congresistas se han quejado, con razón, de que
ellos tienen derecho a la doble instancia y a que haya una distinción
entre acusación y juzgamiento. Entonces, para corregir esos defectos, se
aprobó que habría en la Corte Suprema una “Sala de Investigación y
Acusación”, que se encargaría de investigar y acusar, ante una “Sala de
Juzgamiento”, para que luego pudiera haber apelación de las eventuales
condenas ante la Sala Plena.
Hasta ahí la cosa parece correcta. Pero, como dice el dicho, el
diablo está en los detalles. Y tres “detallitos” de la regulación del
proceso a los congresistas acaban con el papel de la Sala Penal en la
parapolítica.
Primero porque la apelación no se hace ante la Sala Penal sino (sin
ninguna justificación clara) ante la Sala Plena, con lo cual la Sala
Penal queda desvinculada formalmente de cualquier proceso de la
parapolítica.
Segundo, y más grave aún, el origen de la nueva Sala de Investigación
y Acusación es muy riesgoso pues se establece dicho órgano será
conformado por 6 magistrados elegidos por la Corte Constitucional de
seis ternas, dos provenientes del presiente, dos del Fiscal General y
dos del Procurador. Dos de esos magistrados los pone entonces el
presidente pues quien hace la terna, condiciona la elección; a su vez,
el Procurador es elegido por el Congreso de una terna, uno de cuyos
nombres proviene del presidente; y el Fiscal es elegido por la Corte
Suprema pero de una terna presidencial. Si uno tiene en cuenta todos
esos elementos, queda claro que el presiente tendrá una influencia
determinante en la conformación de esta “Sala de Investigación y
Acusación”. Y como será esa sala la que determine si una investigación
contra un congresista avanza o no, entonces esa influencia presidencial
en su composición aparece injustificada y riesgosa, pues los compromisos
políticos pueden llevar a un presidente a querer bloquear esas
investigaciones, como lo intentó reiteradamente el entonces presidente
Uribe.
Tercero, el nombramiento de los magistrados de las dos nuevas salas
es por sólo cuatro años, con lo cual carecen de un período
suficientemente largo para ser realmente independientes.
Esta regulación de la integración de estas nuevas salas de la Corte
Suprema es no sólo muy riesgosa sino contradictoria con muchas de las
cosas que ha dicho el Gobierno. Así, se pretende aumentar el período de
los magistrados de las altas cortes a 12 años, con el argumento de que
así se refuerza su independencia, ¿por qué entonces se elige a los
magistrados de estas nuevas salas únicamente por cuatro años? Y si se
decía que había que evitar involucrar a las cortes en elecciones, pues
se corría el riesgo de politizarlas, ¿por qué se pone a la Corte
Constitucional a dedicar mucho de su tiempo a elegir a los integrantes
de estas nuevas salas?
Ahora bien, este tema parece tener una solución técnica bastante
simple. Si lo que se quiere es independizar la acusación y el
juzgamiento de los congresistas, y que exista apelación, pues puede ser
razonable crear estas dos nuevas salas. Pero no veo ningún motivo para
que los magistrados de estas salas no sean elegidos de la misma manera
que los demás magistrados de la Corte Suprema y que tengan su mismo
período. Tampoco veo razón para que la apelación de las sentencias
condenatorias no se haga ante la Sala Penal. Basta entonces que la
reforma diga que los integrantes de esas dos nuevas salas, serán
elegidos con el período y el procedimiento de cualquier magistrado de la
Corte Suprema y que corresponde a la Sala Penal resolver las
apelaciones contra las sentencias, Así se solucionarían los defectos del
actual juicio de los congresistas, sin afectar la labor independiente y
trascendental de la Sala Penal en la investigación de la parapolítica.
Segundo tema: los riesgos de “corporativismo judicial”.
Es importante defender la independencia judicial y el autogobierno de
la rama judicial. Sin embargo, el diseño propuesto para los nuevos
órganos de gobierno de la rama confiere un poder excesivo a la cúpula
judicial, que podría generar, junto con la cooptación, una suerte de
corporativismo judicial. Por ello, en un estudio disponible en nuestra página web
hemos propuesto una estructura más amplia de ese órgano de gobierno.
Creemos que es necesario que voces distintas a las de las altas cortes y
del gobierno, como las de los usuarios de la justicia y de la
academia, hagan parte de esos órganos de gobierno. Igualmente hemos
advertido sobre la inconveniencia de reestablecer la cooptación plena en
las altas cortes y por ello hemos propuesto una combinación de
cooptación limitada y concurso de méritos, que permitiría una mejor
composición de las altas cortes.
Tercer tema: los riesgos de rigidez presupuestal sin autonomía suficiente para la rama.
La propuesta presupuestal de la reforma para la rama judicial no es
la mejor, pues no garantiza verdaderamente autonomía ni recursos
suficientes para la rama peor en cambio podría introducir rigideces
presupuestales inconvenientes. Por ello, en otro estudio, también disponible en nuestra página web,
proponemos una regulación alterna, fundada en la idea de crear un
“situado judicial”, de base constitucional pero de desarrollo legal.
Esta fórmula creemos que es suficientemente flexible para evitar
rigideces presupuestales de orden constitucional, pero suficientemente
vigorosa para amparar la autonomía de la rama judicial.
Como vemos, al menos en estos tres temas, es posible introducir a la
reforma judicial a punto de ser aprobada algunos ajustes que eviten
estos tres riesgos innecesarios. Las fórmulas existen. ¿Tendrán el
Gobierno y el Congreso la voluntar de enfrentarlos?
Tomado de: http://www.lasillavacia.com/elblogueo/dejusticia/33843/es-aun-posible-mejorar-la-reforma-judicial
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