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lunes, 7 de noviembre de 2011

¿Ampliar la justicia militar?

Conviene o no ampliar el fuero militar, esto es, la competencia de la justicia militar?Conviene o no ampliar el fuero militar, esto es, la competencia de la justicia militar?

El asunto no es menor y debe entonces ser abordado seriamente, y no como hasta ahora lo ha hecho el Congreso, que casi subrepticiamente, y con el aval del Gobierno, quiere ampliar ese fuero con un articulito en la propuesta de reforma a la justicia.

La regulación hoy, conforme a la jurisprudencia constitucional, es que el fuero militar es una excepción al principio general, según el cual todos estamos sometidos a una misma justicia, que es la justicia ordinaria. Por tratarse de una excepción, debe entonces entenderse restrictivamente, por lo cual sólo podrán ser juzgados por los tribunales castrenses aquellos delitos cometidos por militares o policías que estén claramente vinculados con el servicio. Y ciertos crímenes atroces, como las torturas, violaciones, asesinatos o desapariciones, por ser tan extraños a la función militar o policial, deben ser siempre considerados como delitos sin conexión con el servicio y deben siempre ser juzgados por la justicia ordinaria.

Esta regulación corresponde además a los mandatos del derecho internacional, que considera que la justicia militar no debe juzgar violaciones a los derechos humanos. La razón: los jueces militares no gozan de garantías suficientes de imparcialidad e independencia para asegurar un debido proceso, no sólo a las víctimas sino a los propios procesados. Y eso es así porque los tribunales militares son más un mecanismo de disciplina en los cuarteles que de administración de justicia, y por ello los jueces militares usualmente hacen parte de la estructura de mando. ¿Qué independencia e imparcialidad pueden entonces tener?

Esta regulación es la que se quiere cambiar. La idea es añadir un inciso a la Constitución que diga que “en todo caso se presume la relación con el servicio en las operaciones y procedimientos de la Fuerza Pública” y que, por ello, “cuando en estas situaciones haya lugar al ejercicio de la acción penal, la misma se adelantará por la Justicia Penal Militar”.

Este pequeño cambio es enorme; convierte a la justicia militar en la regla general pues cualquier delito cometido en un operativo policial o militar irá siempre a la justicia castrense. Por ejemplo, casi todos los mal llamados “falsos positivos” serían conocidos por la justicia militar y no por la justicia ordinaria, pues esos asesinatos ocurrieron casi todos en operaciones militares.

La justificación esencial para defender este drástico cambio es que los jueces penales ordinarios no comprenden las particularidades de la actividad militar. Pero ese argumento no es convincente, pues lo mismo podría decirse de la labor médica o de las obras de ingeniería o de los delitos financieros; que esas actividades son complejas y difíciles de entender y que por ello debería existir una justicia especial médica, otra para ingenieros y otra para banqueros. Y así acabaríamos con la igualdad de todos ante la ley.

La mejor prueba de que los jueces penales ordinarios, con la adecuada formación, pueden comprender la lógica militar y juzgar apropiadamente a los militares es que muchas democracias serias, como Francia, Alemania, Austria, Holanda o Suecia, prácticamente han abolido la justicia militar, pues sólo la han dejado para casos de guerras internacionales. Bélgica, que es activa en operaciones militares extraterritoriales, la ha abolido tanto en tiempos de paz como de guerra. Y los otros países que mantienen el fuero militar, tienden a reservarlo para faltas estrictamente militares, como la deserción.

Si un juez civil belga puede comprender a sus militares cuando están en operaciones militares, ¿por qué no pueden hacerlo los jueces colombianos? ¿Por qué, entonces, devolver a una justicia militar, sin independencia ni imparcialidad, el conocimiento de las graves violaciones a los derechos humanos?

Conozca el original: http://dejusticia.org/index.php?modo=interna&tema=sistema_judicial&publicacion=1080

lunes, 8 de agosto de 2011

Inmunidad y Reforma a la Justicia: un pulso de tres

Por: Luis Carvajal Basto

El Gobierno, el Congreso y la Rama Judicial se jugaran a fondo en la próxima legislatura. La propuesta de restablecer la inmunidad parlamentaria, aunque se anuncie su retiro, es un anticipo del clima que se vivirá en el Congreso. 

La inmunidad parlamentaria es una figura que defiende a los miembros de los  órganos legislativos de abusos o desbordamientos en que incurren los gobiernos en diferentes partes del mundo, generalmente, contra miembros de partidos opositores.

La inmunidad  puede ser, en algunos periodos, una necesidad  de la democracia  que, sin embargo, tiene en todas partes  prerrequisitos claramente establecidos como el respeto por los derechos, la Ley, y la consolidación de las instituciones. Tratándose  de un debate centenario, existe suficiente ilustración y consenso acerca de que no se puede utilizar para evitar juicios en casos de corrupción, convirtiendo a los Congresos en refugio de bandidos.

En nuestro país el Congreso perdió la inmunidad precisamente por esas razones y no parece que luego de 1991, de los sucesivos casos de corrupción, podamos decir que doblamos la página y la restablecemos.
Ello no quiere decir que el actual Congreso sea igual a los anteriores pero tampoco que corrupción, parapolítica  y  narcotráfico sean episodios cerrados. Llama la atención que, en este caso, sea  el Presidente del Congreso, miembro del Partido Conservador  y de la coalición de gobierno, quien ha asumido la vocería de sectores  que se manifiestan “asustados” y” amedrentados”.

Está claro que luego del desfile de congresistas por tribunales y cárceles resulta apenas natural que soliciten garantías, de la misma manera que la sociedad las exige sobre sus conductas .Estas no se refieren a su ejercicio político sino  a las que otorgue el sistema Judicial. Si el proyecto de reforma a la Justicia contempla que  la sala penal de la Corte Suprema  actuará en dos instancias al juzgarles, se debe interpretar la solicitud de restablecer la inmunidad como una primera reacción de temor o insatisfacción.

Nadie puede decir que  en Colombia  el gobierno persiga al Congreso y menos cuando el Ministerio del ramo queda en manos  de un académico y Humanista a toda prueba. El ruido proviene claramente de una prevención acerca de la politización de la rama judicial y una ruptura del equilibrio con el Legislativo que puede ser corregida.

Pero en este caso hay que decir que los antecedentes no juegan a favor de las pretensiones de este sector de congresistas  y tampoco le ayuda su alicaído prestigio ante la opinión. ¿Quién ha sido responsable de que la comisión de acusaciones no funcione de manera adecuada? ¿Quien de las conductas de sus miembros? .Si el Congreso se hubiera propuesto auto destruirse  no podía actuar mejor que como lo hizo en  periodos que, desafortunadamente, todavía no podemos declarar superados.

De otra parte, el proyecto de reforma a la Justicia se ocupa de asuntos que el país no se puede dar el lujo de aplazar. La nominación de magistrados por las mismas cortes que los elegirán  no parece afectar sino reafirmar la independencia de la rama; Tampoco, dejar en manos de la Contraloría general la postulación de candidatos a las  contralorías territoriales, luego de lo ocurrido en Bogotá. La reglamentación  elemental de la tutela es una necesidad sentida del sector y no se entiende la prevención  con la propuesta de descongestionar los despachos judiciales valiéndose de personas de reconocido prestigio que temporalmente apoyen a la Justicia, como los notarios. Vale recordar la manera cómo actúan jurados en países como los Estados Unidos.

En el pulso que se viene los tres poderes tendrán que poner su parte con equilibrio y respeto mutuo, partiendo del principio según el cual dejar las cosas como si tal, el statu quo, no se ajusta a la realidad de la Colombia que tenemos y muchísimo menos a la que debemos ser capaces de construir. Pero no debemos olvidar que en los  inevitables choques de trenes que se avecinan, o comenzaron ya, el Gobierno es casi neutral y el Congreso “juega de local”.

Conozca el original: http://elespectador.com/impreso/opinion/columna-289797-inmunidad-y-reforma-justicia-un-pulso-de-tres